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controversias o conflictos

miércoles, 13 de julio de 2011

Hoy se paralizó el transporte público: Un grupo de choferes y cobradores gritaban en la mañana en la intersección de las Avenidas La Molina y Javier Prado ¡viva el Paro de transportistas!; pero y ¿viva la afectación al libre tránsito ciudadano?

Por: Geraldo Gutierrez Ricse
Hoy miércoles 13 de julio todos los usuarios del sistema de transporte público vivimos una fuerte incomodidad y escases (ausencia absoluta en algunas zonas) de buses o combis para dirigirnos a nuestras actividades cotidianas. Como se advirtió hace unos días la imposibilidad de llegar a un diálogo oportuno entre la Municipalidad Metropolitana de Lima y la Sociedad de Transporte Urbano (STU) resultó en un conflicto social donde centenas de operadores del sistema de transporte público salieron a las calles a manifestar su incomodidad y dejaron de laborar ocasionando un grave problema y perjuicios (económicos en algunos casos) en la ciudadanía. Reclamar es legítimo, claro que sí; pero analicemos que este derecho al reclamo debe ser ejercido con la debida racionalidad y proporcionalidad, ello para evitar causar un perjuicio a otro ciudadano.
Desde una de las partes alejadas del Distrito de La Molina como lo es Las Viñas (referencia Facultad de Derecho de la USMP) donde a penas son cuatro líneas de buses las que operan para un poco más de 24,000 personas de habitantes mayores de edad el panorama por la mañana era desolador; a penas transitaban algunos autos particulares y pocos taxis, las personas trataron de llegar a la intersección de las Avenidas La Molina y Javier Prado (algunos incluso caminando); sin embargo allí se encontraron con un tumulto de manifestantes que empezaron a romper lunas y parabrisas de vehículos de transporte público que decidieron trabajar.
¿Y es que un paro de transportistas quita el derecho de los demás ciudadanos a transitar libremente? La respuesta es no, el derecho al tránsito o también llamado derecho a la locomoción consiste en que una persona de desplace libremente y sin limitaciones o restricciones por el territorio. Según nuestro Tribunal Constitucional el ejercicio del atributo del ius movendi et ambulandi, hace que un sujeto por sus aspiraciones personales se desplace por el largo y ancho del territorio utilizando calles, avenidas, etc. Estas aspiraciones surgen de necesidades básicas del sujeto como el trabajo, la salud, etc. En ese sentido vemos un derecho fundamental afectado, el del libre tránsito. Sabemos que los cambios no son siempre bien recibidos y que podemos manifestar nuestra incomodidad o reclamar hacia el Estado, pero debemos de comprender que no podemos afectar un derecho tan importante como el descrito para hacer valer nuestras posiciones. Reinventemos nuestras estrategias de reclamo y tratemos de no perjudicar a otros ciudadanos.

1 comentario:

  1. Considero que no se puede sostener que los transportistas deban manifestarse con la debida proporcionalidad y/o racionalidad en un paro de sus actividades para con ello respetar el derecho de los otros ciudadanos a movilizarse. (Y mucho menos que se califique el mismo como "conflicto social").
    Puesto que al aceptar tal premisa como válida, también estaríamos afectándolos al impedirseles reflejar su disconformidad con las medidas gubernamentales.
    Diferente es que se sostenga que dichas paralizaciones deben desenvolverse de manera pacifica y ordenada. Evitando cualquier vulneración a la integridad y/o a la vida de los demás ciudadanos.
    Sin perjuicio de la critica expuesta, resalto su entusiasmo a comentar sobre el tema. Todos, también, tenemos derechos a manifestar nuestra sana critica a los sucesos de relevancia nacional.
    Saludos cordiales,

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